Reestructuración de la deuda: consideraciones fiscales internacionales (2023)

  • Introducción
  • 1. Venta de deuda en dificultades
  • 2. Canjes de deuda por acciones
  • 3. Condonaciones o modificaciones de deuda
  • Observaciones finales

Introducción

El panorama económico cada vez más impredecible ha creado incertidumbre y angustia para las empresas en una amplia gama de sectores y mercados. Los prestatarios han estado trabajando para estabilizar sus negocios y garantizar que tengan la liquidez para continuar operando en estos tiempos difíciles. Los prestamistas han estado trabajando para ayudar y apoyar a sus prestatarios proporcionando modificaciones y exenciones bajo las facilidades existentes, así como dinero nuevo (cuando las circunstancias lo permitan).

Pero, ¿qué pasa si las cosas no salen según lo planeado?

Sabemos por experiencias pasadas que los prestatarios y prestamistas tienen una serie de escenarios de reestructuración de deuda que comúnmente consideran: desde condonaciones parciales hasta canjes de deuda por acciones; desde exenciones condicionales hasta la venta de deuda en dificultades. Pero especialmente en un contexto transfronterizo, las consecuencias fiscales locales específicas pueden afectar significativamente la elección entre un escenario y otro.

Norton Rose Fulbright ha realizado investigaciones en jurisdicciones seleccionadas (es decir, EE. UU., Australia, Canadá, Sudáfrica, Francia, Reino Unido, Alemania, Luxemburgo y Países Bajos) sobre diversos escenarios de reestructuración de deuda y el impacto de los impuestos locales en deudores y acreedores. Esta investigación nos ha proporcionado una visión de varios obstáculos que podrían surgir de las reestructuraciones de la deuda internacional.

Esta nota analiza tres escenarios de reestructuración de deuda comúnmente utilizados:

  • Venta de deuda en dificultades
  • Canjes de deuda por acciones
  • Condonaciones de deuda.

El objetivo es señalar partidas tributarias clave en jurisdicciones seleccionadas para cada escenario, porque sabemos por experiencia que, aunque se pueden observar ciertas tendencias internacionales, cualquier reestructuración de deuda internacional requiere una consideración cuidadosa de los regímenes tributarios locales relevantes.

1. Venta de deuda en dificultades

La venta de deuda en dificultades es un mecanismo para que un acreedor reduzca la exposición de su balance a deudas que actualmente pueden estar en mora o tener un riesgo significativo de incumplimiento futuro. En tales circunstancias, la deuda se vendería con un descuento sobre su valor nominal en vista de las difíciles circunstancias financieras del deudor.

Se sabe que ciertos fondos de capital privado y otros fondos de inversión tienen interés en comprar deuda en dificultades en los mercados secundarios (que puede presentarse en forma de un préstamo individual o una cartera grande) a un precio reducido para obtener ganancias mediante:

  • En el caso de un mercado líquido, vender rápidamente la deuda.
  • Negociar una reestructuración financiera de la empresa y/o esperar la recuperación financiera del deudor y en consecuencia el pago futuro de la deuda.

Además de las ventas a partes no vinculadas, también puede ocurrir que las partes quieran concertar una enajenación a una parte vinculada. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando un deudor desea adquirir una deuda en un grupo para eliminar los controles que le impone el tercero acreedor.

La venta de deuda en dificultades se logra mediante cesión o novación, dependiendo de los términos de la deuda. Puede ser necesario el consentimiento del deudor para una venta. Las ventas de deuda individuales generalmente se realizan sobre documentos estandarizados, mientras que es más probable que las ventas de carteras se negocien a medida. Alternativamente, el acreedor puede subparticipar su interés en el préstamo, en cuyo caso sigue siendo el prestamista registrado pero transfiere el riesgo crediticio del deudor al participante. Es posible que esto no dé como resultado que el préstamo en dificultades salga de su balance.

Consideraciones fiscales clave

El acreedor vendedor querrá asegurarse de poder reclamar alivio por cualquier pérdida en la que haya incurrido con respecto a la deuda. Un comprador querrá asegurarse de que el costo base del préstamo sea el precio pagado; que no sufran carga tributaria inmediata alguna y que no surjan impuestos de transferencia como consecuencia de ello.

El deudor querrá asegurarse de que no surjan cargas fiscales adversas para él en relación con la venta y que la venta no afecte negativamente a la deducibilidad de los pagos de intereses en el futuro. También será importante que las partes consideren el impacto en el tratamiento de las retenciones fiscales de los pagos de intereses y la asignación del riesgo según los documentos del préstamo. Un cambio de prestamista puede significar que ya no se pueden pagar intereses brutos o que se requieren nuevas solicitudes de tratados.

Ambas partes querrán asegurarse de que no haya ningún cargo fiscal para el acreedor.

Resultados de la investigación

A continuación resumiremos nuestras principales conclusiones para la venta de deuda en dificultades, donde distinguimos entre tendencias fiscales internacionales generales (es decir, cómo tratan la mayoría de las jurisdicciones la venta de deuda en dificultades) y cuestiones fiscales específicas (es decir, qué jurisdicciones adoptan un enfoque diferente a otras y, por tanto, pueden necesita mayor consideración si un contribuyente local está involucrado en la venta de deuda en dificultades):

Tendencias generales

  • La posición del acreedor vendedor en una venta es en gran medida consistente en todas las jurisdicciones, y el acreedor obtiene una pérdida deducible de impuestos al vender la deuda con un descuento. Esta pérdida generalmente refleja la diferencia entre el valor en libros del préstamo y el producto de la venta, asumiendo que la venta se realiza en condiciones de plena competencia. Puede que no haya pérdida fiscal cuando el acreedor vendedor y el acreedor comprador están conectados.
  • La transferencia del derecho de un acreedor sobre una deuda a otra entidad generalmente no afecta la situación fiscal del deudor (cuya obligación de pagar generalmente no se ve afectada por la venta). Algunas jurisdicciones imponen un cargo fiscal al deudor cuando el acreedor comprador está conectado con el deudor.
  • El acreedor comprador generalmente no sufrirá un cargo fiscal inmediato y su costo base en la deuda será el precio que pagó (nuevamente suponiendo que la adquisición se realice en condiciones de plena competencia).
  • La transferencia de una deuda no debería dar lugar a impuestos de transferencia a menos que la deuda tenga características similares al capital, como intereses dependientes de los resultados, o sea convertible en capital.

Problemas específicos

Reino Unido y Estados Unidos

En circunstancias en las que el acreedor comprador y el deudor son partes relacionadas, el deudor puede estar sujeto a impuestos sobre la diferencia entre el valor en libros de la deuda y el monto que el acreedor entrante pagó por la adquisición.

Francia

Se aplicará la regla general que establece que las obligaciones tributarias del deudor no quedarán afectadas por la enajenación de una deuda, siempre que se notifique al deudor el cambio de acreedor.

Luxemburgo

Si la venta se realiza en condiciones beneficiosas para el acreedor entrante, se podrá cobrar una ganancia imponible sobre cualquier contribución o distribución de capital oculta que reciba ese acreedor.

Los países bajos

Se han establecido estrictas disposiciones contra la elusión para garantizar que un acreedor no pueda evitar la obligación tributaria holandesa por una valoración al alza de un préstamo que ha sido previamente amortizado (cuando las partes son afiliadas).

Canada

Si una deuda se vende a un acreedor entrante que cumple con ciertas pruebas de intereses en el deudor por menos del 80 por ciento del monto principal del préstamo, entonces puede surgir un crédito imponible en el deudor.

2. Canjes de deuda por acciones

Un canje, sustitución o reestructuración de deuda por acciones es una reorganización del capital de una empresa en la que un acreedor (normalmente un banco, posiblemente junto con otros bancos, tenedores de bonos o acreedores) convierte la deuda que le adeuda una empresa en una o más clases de esa deuda. capital social de la empresa.

No existe una estructura predeterminada para un canje de deuda por acciones. Mucho depende del perfil de deuda y capital existente de la empresa y del resultado previsto. Las principales cuestiones comerciales que deben resolverse entre la empresa (que representa efectivamente a sus accionistas) y su banco principal (y otros acreedores) son:

  • ¿Cuánta deuda se va a sustituir por capital social?
  • ¿Qué proporción del patrimonio total deben comprender las acciones emitidas al acreedor?
  • ¿Qué clase de acciones se deben emitir al acreedor? ¿Existe alguna restricción sobre el tipo de acciones emitidas?
  • ¿Debería el acreedor aceptar alguna restricción a su capacidad para disponer de las acciones que se le hayan emitido?

En gran medida, la posición negociadora del banco dependerá de si la reconstrucción implica o no la inyección de dinero nuevo de otros inversores a través de capital social. Los inversores institucionales que consideren invertir dinero nuevo en la empresa normalmente buscarán acuerdos más duros que la propia empresa.

Consideraciones fiscales clave

El acreedor estará interesado en:

  • Desgravación fiscal de la deuda que se capitaliza.
  • El coste de la base imponible en las nuevas acciones emitidas en la capitalización de la deuda.
  • Cargas fiscales a la sociedad emisora ​​por la capitalización de deuda.

Desde la perspectiva del deudor, los aspectos clave son:

  • ¿La liberación de la deuda generará ingresos imponibles?
  • ¿La emisión de nuevas acciones provocará una cancelación de pérdidas?

Resultados de la investigación

A continuación resumiremos nuestras principales conclusiones para los canjes de deuda por acciones, donde distinguimos entre tendencias fiscales internacionales generales (es decir, cómo tratan la mayoría de las jurisdicciones un canje de deuda por acciones) y cuestiones fiscales específicas (es decir, qué jurisdicciones adoptan un enfoque diferente al otros y, por lo tanto, puede necesitar mayor consideración si un contribuyente local participa en un canje de deuda por capital):

Tendencias generales

  • Los acreedores involucrados en un canje de deuda por capital generalmente pueden convertir su deuda en capital en una transacción fiscal neutral, donde el valor fiscal en libros de las acciones recibidas es igual al valor fiscal en libros de la deuda convertida.
  • La situación puede ser diferente si el acreedor es una parte relacionada del deudor. Varias jurisdicciones tienen legislación que impide que un acreedor deprecie una deuda y posteriormente la convierta en capital de manera fiscalmente neutral.
  • Un deudor que emite nuevas acciones al acreedor como parte del canje de deuda por acciones puede sufrir una reducción de sus pérdidas fiscales. Si se considera que la liberación de la deuda genera ingresos imponibles, esto puede afectar las pérdidas fiscales existentes. Ciertos países aplican normas específicas de condonación de deuda que impiden la tributación a nivel del deudor en caso de que la liberación de la deuda supere las pérdidas fiscales disponibles.
  • Además, la emisión de nuevas acciones a un acreedor fuera del grupo del deudor puede dar lugar a un cambio (sustancial) de accionista y, por tanto, desencadenar normas de cancelación de pérdidas fiscales en varias jurisdicciones, o un cambio de propiedad a efectos fiscales.

Problemas específicos

Alemania

Cuando un deudor alemán es liberado de su deuda (incluso como resultado de un canje de deuda por acciones), la cancelación de la deuda generará una ganancia imponible en la medida en que la deuda fue depreciada por el acreedor. Esta es la razón por la que los canjes directos de deuda por acciones son muy raros en Alemania.

Reino Unido

El Reino Unido tiene normas prescriptivas que rigen las circunstancias en las que los canjes de deuda por acciones darán lugar a un alivio para el acreedor y evitarán un crédito imponible para el deudor. Por ejemplo, la liberación debe tener en cuenta el capital social ordinario, lo que excluye el uso de acciones preferentes a tipo de interés fijo. Se debe tener cuidado para garantizar que se cumplan las condiciones pertinentes.

Los países bajos

Un canje de deuda por acciones es generalmente un evento fiscal neutral para los deudores, donde tanto la liberación de la deuda como la emisión de acciones se contabilizan a su valor nominal en lugar de a su valor de mercado.

3. Condonaciones o modificaciones de deuda

Una condonación, cancelación o condonación de deuda es una transacción en la que un acreedor (generalmente un accionista pero también terceros acreedores como bancos, tenedores de bonos o proveedores) renuncia voluntariamente a su derecho (en su totalidad o en parte) al pago en virtud de un instrumento de deuda. La renuncia tiene como objetivo liberar al deudor de una obligación financiera; es un elemento común en escenarios de reestructuración, incluidos los esquemas de acuerdo del Reino Unido y los procedimientos del “Capítulo 11” de Estados Unidos (y se espera que forme parte de los esquemas de la WHOA). La condonación de la deuda suele ser parte de un paquete de alivio utilizado en un esfuerzo por garantizar la supervivencia y las perspectivas del deudor.

No existe una estructura establecida para una condonación de deuda. En principio, podrá implementarse mediante una declaración de renuncia simple y breve.

Modificación de deuda

Como alternativa a una exención, los términos de la deuda pueden modificarse de modo que cualquier reembolso esté supeditado al cumplimiento de ciertas condiciones. Sin embargo, acordar las condiciones de pago puede ser una tarea compleja ya que el acuerdo debe prever en qué circunstancias la empresa debe pagar la deuda.

Como parte de las negociaciones de reestructuración, los acreedores pueden exigir algún tipo de recompensa si la reestructuración resulta exitosa. Estos beneficios pueden adoptar diversas formas, incluido un aumento de precios, una transferencia de efectivo, tarifas de salida y/o instrumentos de deuda similares a acciones. Para ello, la deuda puede ser condonada (parcialmente), modificada y/o canjeada por un nuevo instrumento en el momento de la reestructuración. El pago de la deuda podría estar condicionado a que la situación financiera del deudor mejore de manera que su capacidad de endeudamiento permita un servicio (parcial) de la deuda.

Renuncia y reintegro condicional

En Alemania, los acreedores pueden acordar una condonación de la deuda sobre la base de que dicha deuda será restituida si se cumplen ciertas condiciones, p.e. si y en la medida en que el deudor se recupere financieramente.

De manera similar a la modificación de la deuda, el acuerdo sobre los términos del restablecimiento de la deuda puede ser bastante complejo. Desde el punto de vista fiscal y contable, dicha transacción se trata como una renuncia total y la creación de nueva deuda una vez que se produce la reinstalación. Otras jurisdicciones fuera de Alemania no tratan una exención con reintegro condicional como una condonación de deuda, sino más bien como una modificación de las condiciones de pago del instrumento.

Principales cuestiones comerciales

Las principales cuestiones comerciales a resolver entre la empresa y sus acreedores son:

  • ¿Qué parte de la deuda se debe condonar? ¿Participarán todos los acreedores en la medida por igual (con la expectativa de que los acreedores de la misma clase reciban el mismo trato)? ¿Debería la financiación de los accionistas ser la más afectada (la expectativa es que la deuda de los accionistas sea tratada de manera similar al capital y, por lo tanto, debería liberarse antes de que los prestamistas externos liberen su deuda)?
  • ¿Debería la exención combinarse con otras medidas (por ejemplo, conversión de deuda en capital)? ¿Deberían estar vinculadas las medidas (por ejemplo, posibilidad de convertirlas en acciones tras determinados factores)?
  • ¿En qué circunstancias será pagadera la deuda? ¿Pueden tener prioridad ciertos acreedores (garantizados o no garantizados, o de largo plazo o de corto plazo)?

En gran medida, la posición negociadora dependerá de la granularidad del grupo de acreedores. Cuanto más deba depender la empresa de la participación de unos pocos acreedores, más poder de negociación tendrá en lo que respecta a los términos de la reinstalación.

Consideraciones fiscales clave

El acreedor estará interesado en:

  • ¿La liberación de la deuda dará lugar a una desgravación fiscal y el pago de la deuda dará lugar a una renta imponible?
  • En caso de algún cambio en los términos de la deuda, ¿tiene libertad para estructurar las condiciones de pago? ¿En qué medida puede mitigar el abuso por parte del deudor?

Desde la perspectiva del deudor, los aspectos clave son:

  • ¿La liberación de la deuda generará ingresos imponibles?
  • En caso de modificaciones, ¿el pago de la deuda dará lugar a una desgravación fiscal?
  • ¿Se crea una nueva deuda?

Resultados de la investigación

A continuación resumiremos nuestros hallazgos clave para las condonaciones y modificaciones de deuda, donde distinguimos entre tendencias tributarias internacionales generales (es decir, cómo la mayoría de las jurisdicciones tratan una condonación y reinstalación de deuda) y cuestiones tributarias específicas (es decir, qué jurisdicciones adoptan un enfoque diferente a otras y, por lo tanto, pueden necesita mayor consideración si un contribuyente local está involucrado en una condonación o modificación de deuda):

Tendencias generales

  • Los acreedores involucrados en una transacción de condonación de deuda generalmente pueden obtener una desgravación fiscal por la deuda condonada. Este tratamiento se refleja en el momento en que se cumple la condición y se restablece la deuda: el deudor obtiene una ganancia imponible.
  • Para el deudor, la renuncia generalmente está gravada ya que lo libera de una obligación de reembolso por su valor nominal.
  • En Alemania, una exención con reintegro condicional generalmente resulta en una desgravación fiscal para la deuda reconocida en el momento del reintegro. Por supuesto, en otras jurisdicciones donde la renuncia no se reconoce como tal, no tributarían ni la renuncia/modificación de las condiciones de pago ni la reinstalación.
  • Si el préstamo es transfronterizo, se puede crear un nuevo préstamo, por lo que se requieren nuevas autorizaciones del tratado de doble imposición.

Problemas específicos

Alemania

La condonación de la deuda de los accionistas puede tratarse como una contribución (oculta) en especie, siempre y cuando la deuda sea valiosa. La condonación de la deuda condicional también se utiliza como un recordatorio de pérdidas para llevar una pérdida más allá de un cambio de control que normalmente causaría una pérdida de impuestos.

A NOSOTROS

Una condonación de deuda condicional se acepta como una condonación y un posible restablecimiento si, en el momento de la condonación, es poco probable que el deudor vuelva a ser solvente. Dado que muchos regímenes de reestructuración/insolvencia funcionan bajo el supuesto de una recuperación exitosa, es posible que a menudo no se reconozca la exención condicional.

Reino Unido

Cuando un préstamo se modifica de modo que el reembolso sea contingente o condicional, será necesario tener cuidado de que esto no haga que el préstamo sea tratado como capital.

Observaciones finales

El entorno económico actual puede crear la necesidad de que las multinacionales reconsideren sus posiciones de deuda. Al mismo tiempo, la deuda en dificultades y otros fondos de inversión (como los inversores de capital privado) están buscando activamente oportunidades de inversión. Pero, especialmente en un contexto transfronterizo, cada escenario de reestructuración de la deuda se ve afectado por consecuencias fiscales locales específicas.

En esta nota hemos resumido algunas tendencias generales y cuestiones fiscales específicas que podrían surgir de una compraventa de deuda en dificultades, canjes de deuda por acciones y condonaciones de deuda. Una de las conclusiones clave de nuestra investigación internacional es que, si bien se pueden observar ciertas tendencias internacionales, cualquier reestructuración de la deuda internacional requiere una cuidadosa consideración de los regímenes tributarios locales aplicables.

En Norton Rose Fulbright, tenemos amplia experiencia ayudando a los clientes a afrontar los complejos problemas de reestructuración de deuda, incluidos los problemas fiscales antes mencionados. Hable con su contacto habitual de Norton Rose Fulbright si desea analizar con más detalle cualquiera de los temas planteados en este informe.

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Author: Horacio Brakus JD

Last Updated: 12/04/2023

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